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José Luis Tan Estrada: de la cancelación académica a la proscripción social

Fecha de lanzamiento: 17 de abril de 2024

Luego de tres horas de interrogatorio, el periodista José Luis Tan Estrada pudo volver a su casa. El exdocente universitario debió comparecer a las 2:00 pm de este martes ante la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), por segunda ocasión en menos de 72 horas.

Al acudir a la 3ra unidad del órgano represivo en Camagüey, fue estrictamente requisado por los agentes a fin de que no pudiera pasar dispositivos de grabación que le aseguraran a la prensa independiente cubana un testimonio fiel de las amenazas que contra él se profirieron.

Según su testimonio, y aunque lo citaron a una estación distinta, fue recibido "por el mismo policía del sábado, el cual me dijo que unos minutos antes, se habían reunido con el grupo comunitario de la zona donde resido, para ponerlos al tanto de mi ‘actividad subversiva’". De esta forma dio comienzo el hostigamiento verbal.

Más tarde, se unió a la reunión una inspectora de Telecomunicaciones, quien le impuso una multa de tres mil pesos amparándose en el Decreto Ley 370, "y me enseñó una carpeta llena de publicaciones mías en Facebook, X (Twitter), likes a memes, comentarios, likes a otras publicaciones, memes compartidos, incluso, algunas del año pasado. Según expresó la inspectora, ‘likes a cosas graciosas contra los dirigentes’", describió en una publicación en su perfil de Facebook.

El Decreto Ley 370/ 2019 "Sobre la informatización de la sociedad cubana" establece  que en aras de "elevar la soberanía tecnológica, en beneficio de la sociedad, la economía, la seguridad y defensa nacional; contrarrestar las agresiones cibernéticas; salvaguardar los principios de seguridad de nuestras redes y servicios; así como defender los logros alcanzados por nuestro Estado Socialista, siendo necesario emitir la norma jurídica que regule la informatización de la sociedad en Cuba".

Es así como, en su artículo 68 inciso h, instituye como contravenciones de la ley el "difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas". La poca especificidad de la disposición legislativa ha creado un vacío legal del que la Seguridad del Estado se aprovecha para castigar a aquellas personas que disienten.

Asimismo, y porque su ambiguedad propicia actuar a discreción a quien la aplica, esta ley ha servido como mordaza contra personas de todos los estratos sociales por causas tan variados como solicitar apoyo en las redes sociales o mostrar su respaldo a una publicación en contra del régimen.

El Decreto Ley 370 contraviene per se el artículo número 54 de la Constitución de la República de Cuba, el cual establece que "El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión".

Esto fue motivo de polémicas e incluso, el Observatorio Cubano de Derechos Humanos representado por el economista  Enix Berrio Sardá, remitió una carta a la Asamblea Nacional del Poder Popular para declarar la inconstitucionalidad del inciso i del artículo 68, así como del apartado 76 de dicha ley.

La misiva esgrime que "Estamos claramente ante una forma encubierta e ilegal de extender el alcance punitivo y la censura política y cultural bajo la apariencia de normas administrativas contra actuaciones que no van contra los bienes jurídicos más importantes (...) Queremos llamar la atención de que en estos momentos las autoridades están usando el precitado artículo para sancionar con multas significativas a ciudadanos por sus publicaciones en redes sociales abiertas, como Facebook y Twitter, o por enviar artículos y noticias a medios de comunicación independientes de los oficiales", reportó Diario de las Américas.

Pese a que este elemento legal debería ser considerado inválido, sigue siendo utilizado como arma arrojadiza contra aquellos que discrepan. Por experiencias anteriores, sabemos que estamos a las puertas de medidas punitivas más severas contra Tan Estrada, quien podría incluso terminar en la cárcel a consecuencia de una estratagema paralegal de las utilizadas comúnmente por el régimen para reprimir el descontento ciudadano.

Apenas en noviembre pasado, la académica Alina Bárbara López Hernández fue procesada legalmente, luego de remitir sin éxito a los órganos de justicia correspondientes las constantes violaciones de derecho a las que estaba siendo sometida junto a su familia. La historiadora fue declarada culpable de un delito de desobediencia y se le imputó una multa de siete mil pesos.

Ante la negativa de pago de López Hernández, quien apeló a los canales correspondientes, le fue embargada su cuenta personal en Moneda Libremente Convertible (MLC).

Así lo narró en un post en la red social Facebook: "Pasaron varias semanas desde el 24 de febrero y no recibí noticias, hasta que el 14 de marzo, al intentar pagar en una de las tiendas propiedad de Gaesa con una tarjeta en la que tenía 94 MLC, la cajera me informó que estaba bloqueada. Fui al banco y, al buscar en el sistema, preguntaron si yo debía alguna multa en la ONAT. Entendí al instante que ante mi negativa a pagar la multa habían incautado el dinero".

Por si fuera poco enterarse de una disposición legal de esta índole de manera casual, López Hernández recibió posteriormente el link a una publicación de Fabio Venancio González, "supuesto «especialista principal de la empresa de Bufetes Colectivos»" que anunciaba triunfalmente la medida, en in intento de descalificación y acusándola de estar propiciando su propio encarcelamiento para ser reconocida como una "figura de la oposición".

El hecho de que la decisión del órgano de justicia le fuera notificada a través de un link enviado vía Facebook por uno de los perfiles falsos operados por la Seguridad del Estado, da fe del contubernio entre la ley y los servicios parapoliciales, cuyo poder se extiende a otras entidades supuestamente independientes -en este caso las bancarias, legislativas y de comunicación, pues aún se le niega el acceso a la telefonía celular, datos móviles y control de tarjetas de ahorro-.

Como Alina Bárbara, Tan Estrada continúa firme en sus principios: " Sepan ustedes que nos tiemblan las rodillas pero no tenemos miedo", expresó a su salida de la entrevista. Su intransigencia lo expone a juicios fabricados donde no figurará constancia de las detenciones, las amenazas y los intentos por aislarlo de la comunidad a la que tanto ha servido durante los últimos dos años.

Por tal motivo, el Observatorio de Libertad Académica denuncia la sanción económica arbitrariamente impuesta a José Luis Tan Estrada, exigiendo el respeto a su integridad y al ejercicio de sus derechos.

Dada la dicotomía entre algunos artículos del Decreto Ley 370 y la Constitución de la República de Cuba, esta disposición legal debe ser derogada puesto que, de acuerdo al Principio de Jerarquía Normativa, "una norma de rango inferior no puede contradecir una de rango superior", considerándose la Carta Magna como la norma jurídica de mayor rango.

Desde esta institución de la sociedad civil manifestamos nuestro apoyo al periodista y exdocente universitario José Luis Tan Estrada, reiterando la voluntad de denuncia y acompañamiento.

Asimismo, hacemos un llamado a la comunidad internacional para amplificar estos incidentes represivos perpetrados por parte de una maquinaria acosadora que inicialmente asfixia a un intelectual cancelándolo académicamente, para luego intentar proscribirlo socialmente.

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